lunes, 9 de abril de 2012

DERECHO


El Doctor Miguel Villoro Toranzo, considera que se deben cubrir los siguientes requisitos al dar una definición real del Derecho:
“Creemos que la definición del Derecho debe ser tal que:
1.- Incluya todas las notas esenciales de lo jurídico, sin que el afirmar una implique la exclusión de la otra.
2.- Ofrezca a todos los sentidos de la palabra “derecho” unas notas comunes, aplicadas a todos los sentidos, aunque no en la misma forma.
3.- Distinga la importancia de cada una de las notas esenciales, de tal suerte que las más importantes deben encontrarse en todos los sentidos de la palabra “derecho” y las menos importantes sean las que soporten todo el peso de las diferencias entre esos sentidos”.
Con base en estos elementos, son muchos los conceptos que se han vertido sobre el Derecho. Pero el mismo Doctor Miguel Villoro Toranzo ha formulado una definición real de Derecho que considera engloba en forma general los rasgos más importantes de dicha disciplina. En este sentido, tenemos que el Derecho es el “sistema racional de normas sociales de conducta, declaradas obligatorias por la autoridad, por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica”.
Para el Doctor Giorgio del Vecchio, Derecho se define como: “la coordinación objetiva de las acciones posibles entre varios sujetos, según un principio ético que las determina, excluyendo todo impedimento”.
El Doctor Eduardo García Maynez define al Derecho como:
“Derecho es un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas -integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible- son normalmente cumplidas por los particulares, y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público”.

Por consiguiente tomando en cuenta esto en mi definición de derecho podría decir que este es un sistema de normas, principios e instituciones que rigen de manera coercitiva el actuar del hombre en sociedad otorgándole derechos y obligaciones; teniendo como fines esenciales la justicia, la seguridad y el bien común.

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